La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Víctor Julio Lozano Fandiño, un entrenador de fútbol que, al parecer, agredió sexualmente a una menor de edad de 16 años, en Cali (Valle del Cauca).
Los elementos materiales probatorios recaudados por la Fiscalía, dan cuenta, de que presuntamente, el pasado 15 de enero, Lozano Fandiño habría citado a la víctima a su vivienda con engaños para un entrenamiento porque el gimnasio habitual se encontraba cerrado.
Una vez en el lugar, el hombre presuntamente ejerció violencia para lanzarla a la cama y realizar actos libidinosos contra ella. Asimismo, se pudo establecer que la intimidó con que otra persona la atacaría
La víctima logró escapar del lugar y días después recibió mensaje a su celular donde el hombre, al parecer, le hacía insinuaciones.
Por todo lo anterior, una fiscal de la Seccional Cali le imputó el delito de acto sexual violento, cargo que no fue aceptado y por decisión judicial deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.
Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con apoyo de la Policía Nacional materializaron la orden de captura contra Lozano Fandiño.
Hombre señalado de comercializar videos con contenido sexual que involucraban a menores de edad fue judicializado
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Miguel Ángel Méndez Álvarez, presunto responsable de almacenar y comercializar videos de contenido sexual con agresiones a niños, niñas y adolescentes.
Una fiscal de la Unidad Especial de Investigación de Delitos Priorizados Contra Niños, Niñas y Adolescentes (Uenna) de la Seccional Risaralda lo imputó por el delito de pornografía con persona menor de 18 años, cargo que no fue aceptado.
Según los elementos materiales probatorios, el hombre, al parecer, utilizaba un equipo de cómputo desde una oficina en Pereira (Risaralda) para intercambiar y ofrecer videos de contenido sexual con menores de edad entre los 4 y 19 años aproximadamente.
Se presume que el hombre de 21 años posteriormente vendía el derecho para ingresar a un canal o grupo en el que se compartía material pornográfico a través de una aplicación de mensajería instantánea.
