Bogotá

Grave accidente entre dos vehículos tiene bloqueada la autopista sur de Bogotá

Recomiendan a los conductores utilizar la Carrera 50 como vía alterna si van hacia el sur de la capital.

Accidente hoy 27 de mayo de 2025
Accidente Bogotá 27 de mayo Autopista sur Accidente en la Autopista sur de Bogotá. (Tomada de @bogotatransito)

Este martes, 27 de mayo, durante la madrugada se registró un grave accidente entre un automóvil y un camión generó el bloqueo en la autopista Sur con Carrera 50 de Bogotá.

El accidente generó el volcamiento del camión luego del impacto con el otro vehículo, por lo que las unidades de socorro atienden la emergencia.

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Bloqueo por accidente en la autopista sur de Bogotá

Por la emergencia, las autoridades recomiendan a quienes se movilizan por la zona que utilicen como vía alterna la Carrera 50 en dirección sur, mientras los organismos de socorro realizan las labores de rescate y limpieza en el área afectada.


A través de las redes sociales se observa que el camión quedó volcado y atravesado en la vía, lo que generará caos vehicular en la zona mientras se logra su levantamiento.

“Tránsito restringido sobre la autopista Sur con Carrera 50, por siniestro vial entre automóvil y camión, que posteriormente sufre volcamiento. Organismos de emergencias atienden la novedad”, informó a través de X antes Twitter Tránsito Bogotá.

¿Cuál es el procedimiento a seguir tras un siniestro vial con víctimas lesionadas o fallecidas?

En el sitio del accidente y en relación con las acciones que están a cargo de las autoridades de tránsito, el procedimiento es: 

1.    Reportar a la Línea 123 la dirección exacta del accidente e informar de manera detallada las condiciones de los lesionados, para que se gestione el envío de una ambulancia acorde con la atención especializada que pueda requerir la persona herida. Si como consecuencia el accidente hay víctimas fatales, las autoridades que conozcan de los hechos solicitaran la presencia del Laboratorio Móvil de Criminalística para el levantamiento respectivo.

2.    Suministrar a las autoridades los documentos de los vehículos y/o personas involucradas, para la elaboración del Informe Policial de Accidentes de Tránsito - IPAT-. Las partes involucradas recibirán una copia del IPAT y la boleta donde se solicita el peritaje del vehículo. Art. 149 del CNT.

3.    Traslado de los vehículos involucrados al patio transitorio de la Fiscalía ubicado en la Calle 63 # 94-93.

4.    Traslado de los conductores que hayan resultado ilesos en el evento, a Medicina Legal para que les sea practicado el examen de embriaguez o en su defecto le será practicado en el centro asistencial donde haya sido remitido. Art. 149 del CNT.

5.    Imposición del comparendo y retención preventiva de la licencia de conducción, esta última, si realizada la prueba de alcoholemia el resultado arroja positivo. Par. 2° del Art. 152 del CNT y normas modificatorias.

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