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Colombia levantó los aranceles a Ecuador, pero un alimento clave sigue restringido temporalmente

Un Decreto reactivó el libre comercio fronterizo, pero impone una dura ventana de cuarenta y cinco días para vigilar el contrabando.

Presidente de Ecuador, Daniel Noboa, y homólogo de Colombia, Gustavo Petro en Galápagos
Presidente de Ecuador, Daniel Noboa, y el presidente de Colombia, Gustavo Petro en Galápagos en 2024 (Presidencia)

El Gobierno de Colombia revocó el Decreto 0170 del 20 de febrero de 2026, con el que había impuesto medidas arancelarias a mercancías provenientes de Ecuador, y abrió el camino para normalizar la relación comercial entre ambos países. La decisión quedó consignada en el Decreto 0583 de 2026, fechado el 5 de junio de 2026.

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Esto significa que Colombia eliminó los aranceles que había aplicado a productos ecuatorianos en medio de una tensión comercial que llevaba varios meses y que también involucró decisiones adoptadas por Ecuador frente a mercancías colombianas.

De acuerdo con el Decreto 0170 había fijado aranceles del 30 % a productos importados desde Ecuador. Esa medida fue una respuesta a la tasa aduanera que el Gobierno ecuatoriano había aplicado a mercancías colombianas, lo que terminó escalando la controversia hasta la Comunidad Andina.


¿Por qué Colombia quitó los aranceles a Ecuador?

La explicación está en el cambio de las condiciones que originaron la medida. Según el Decreto 0583 de 2026, la derogatoria de la tasa por servicio aduanero aplicada por Ecuador a mercancías provenientes de Colombia eliminó las circunstancias que llevaron al Gobierno colombiano a adoptar restricciones.

El documento también señala que la decisión permite “regularizar en gran medida las condiciones normales de acceso al mercado binacional”, una frase clave para entender que el propósito no es solo eliminar un cobro, sino recomponer las reglas comerciales entre los dos países.

La tensión había llegado a la Comunidad Andina, que ordenó a Colombia y Ecuador retirar medidas arancelarias y restricciones comerciales al considerar que chocaban con el marco jurídico andino de libre comercio. Ese organismo dio un plazo de 10 días hábiles para desmontar las medidas adoptadas por ambos países.

En febrero, Colombia había oficializado el Decreto 0170 de 2026, con un arancel del 30 % a importaciones de productos originarios de Ecuador. Entre los productos afectados se reportaron alimentos como arroz, fríjol, plátano, azúcar de caña y pescado, en una decisión que marcó uno de los puntos más altos de la disputa comercial.

El arroz tendrá un tratamiento distinto

Sin embargo, el levantamiento no aplica de forma inmediata para todos los productos. En la página 4 del Decreto 0583 de 2026, el parágrafo establece que las medidas previstas y las sanciones correspondientes frente a mercancías clasificadas en las subpartidas tendrán su vigencia 45 días comunes después de la publicación del decreto.

Estas subpartidas están asociadas al arroz, por lo que este producto tendrá una transición antes de que se levanten completamente las medidas. Esa espera responde a la posible persistencia del contrabando en la frontera sur y al plazo que requiere la autoridad aduanera para fortalecer sus controles.

Este punto es importante porque muestra que, aunque la decisión general busca desmontar la tensión comercial, el Gobierno mantiene una cautela específica frente a uno de los productos más sensibles para el comercio fronterizo y para la producción nacional.

Con esta derogatoria, Colombia y Ecuador dan un paso para cerrar una disputa que tuvo efectos diplomáticos, económicos y comerciales. No obstante, el reto ahora será que la normalización jurídica también se traduzca en estabilidad real para productores, comerciantes y comunidades fronterizas, que suelen ser las primeras en sentir el impacto de este tipo de decisiones.

Decreto aranceles Ecuador
Decreto aranceles Ecuador

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