La Superintendencia de Sociedades, informó este lunes de la apertura de dos investigaciones administrativas y la consecuente formulación de dos pliegos de cargos en contra de la compañía RAPPI S.A.S., con fundamento en las facultades previstas en el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.
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Esto en razón de las indagaciones hechas por la entidad, la cual maneja la hipótesis de que esta empresa al aparecer incumplió las disposiciones establecidas en el Capítulo X y del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica, relativas al régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas (SAGRILAFT) y la obligación de la cabal implementación de un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), respectivamente.
“Investigamos a Rappi por no haber respondido, en lo que hemos verificado, a ese tipo de protocolos, para prevenir conductas relacionadas a lavado de activos y soborno trasnacional”, indicó el superintendente de sociedades, Billy Escobar.
¿Cuáles podrían ser las probables sanciones a Rappi?
La entidad tiene aproximadamente 15 días para responder y demostrar que sí cuentan con un protocolo respecto a la investigación abierta.
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De no llegar a hacerlo, se podría ver enfrentados a una multa de al menos 250 millones de pesos.
“Si con posterioridad a adelantarse los correspondientes procedimientos administrativos sancionatorios se logra establecer la responsabilidad de la compañía por la trasgresión a las disposiciones relativas a SAGRILAFT y PTEE, esta Entidad podrá imponer multas de hasta doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”, indicó la Superintendencia de Sociedades.