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Piden cambio de la juez en el proceso de Jhonier Leal

El representante de víctimas indicó que la juez estaba impedida porque ya conocía las pruebas.

Audiencia Jhonier Leal 20 de mayo de 2022 (Captura de pantalla.)

Este viernes, 20 de mayo, se adelantaba una nueva audiencia en el juicio contra Jhonier Leal por el crimen de su madre, Marleny Hernández y su hermano, Mauricio Leal, quien era un reconocido estilista de famosos en el país. El representante de víctimas pidió el cambio de la juez en el proceso.

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Al inicio de la diligencia, Élmer Montaña, abogado de las víctimas en el caso, manifestó que la jueza 55 penal de Bogotá estaba impedida para la audiencia de Acusación. Dijo que la juez ya había conocido el caso cuando se estaba verificaba el preacuerdo que se intentó hacer entre la Fiscalía y Jhonier Leal, el cual fue retirado por el ente acusador.

De acuerdo con el abogado Montaña, la jueza ya tuvo acceso a los elementos materiales probatorios que usará la Fiscalía para proceder con la acusación y en el juicio, por eso la recusó, lo que significa que podría ser imparcial y que está impedida para continuar en el proceso judicial.

Por su parte, la abogada Ana Julieth Velásquez, defensora de Jhonier Leal, estuvo de acuerdo y argumentó lo mismo.

La juez dijo: “Se considera que la misma no se adecua al presente asunto, ya que esta funcionaria, si bien es cierto tuvo acceso a los elementos materiales de prueba, con lo que la Fiscalía pretendió sustentar el preacuerdo con el imputado, los mismos nos fueron base para la emisión de una decisión, a cual se truncó ante la retractación del señor Jhonier Leal al preacuerdo y ante el retiro del mismo por parte de la Fiscalía, lo que no permitió por parte de esta funcionaria la emisión de una decisión que se adecue a la causal alegada”.

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Además, agregó que: “esta funcionaria no acepta la recusación propuesta, por lo que en apego a lo que establece el Artículo 60 del Código de Procedimiento Penal, procede a emitir la actuación ante el superior funcional, para que sea el mismo el que dirima o para lo que señale o no la recusación en este caso el Tribunal Superior de Bogotá”.

Esta situación obliga a que se suspendan los términos de prescripción y de libertad, mientras se decide la recusación.

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