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Juez rechazó el preacuerdo de Carlos Mattos porque la pena era muy baja

El juez consideró que la pena y la multa que tasó el delegado de la Fiscalía es muy baja y no entiende la postura jurisprudencial.

Carlos Mattos es trasladado de cárcel. (Captura de video)

En las últimas horas se conoció que el juzgado 30 de conocimiento de Bogotá rechazó el preacuerdo que entre Carlos Mattos y la Fiscalía se había firmado.

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Según conoció Blu Radio, en este preacuerdo firmado por las partes se fijaba una pena de 56 meses (4 años y medio) de prisión, una multa de 93 millones de pesos y una inhabilidad para ocupar cargos públicos de 53 meses.

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Además, el empresario se comprometía a entregar un millón de dólares a la Fiscalía.

Para el juez, el fiscal delegado, Álvaro Betancurt, no supo tasar ni la pena ni la multa, por lo que no lo aceptó.

Ante la decisión del juez ninguna de las partes presentó recurso de apelación. Esto quiere decir que tienen dos caminos, uno es volver a estructurar un preacuerdo o se iniciar un juicio contra Mattos.

Además, el juzgado reprochó que aunque Mattos había aceptado su responsabilidad en los delitos de utilización ilícita de redes de comunicaciones, acceso abusivo a un sistema informático, daño en sistema informático y dos cohechos por dar u ofrecer en calidad de autor y determinador, eso no se vio reflejado en un aumento en la pena frente al delito de cohecho por dar u ofrecer, lo cual, le había generado un doble beneficio.

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La fiscalía estimó que la pena impuesta para el delito base acceso abusivo un sistema informático agravado debe aumentarse 3 meses más por el delito de daño informático agravado, tres meses más por el delito utilización ilícita de redes de comunicaciones, dos meses más por el delito de cohecho por dar u ofrecer en relación a la entrega de dineros al juez Dagoberto Rodríguez y dos meses por el cohecho a Reinaldo Huertas. La dosificación compromete la legalidad pues pese a indicar que Carlos Mattos aceptaba la totalidad de los cargos de la acusación al momento de la dosificación no se realizó ningún incremento frente a la conducta punible de cohecho por dar u ofrecer que a título de determinador fuera atribuida al procesado pues se insiste, genera un doble beneficio”, dijo el juez según la emisora.

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Para el juez la Fiscalía no tuvo en cuenta la gravedad que es ofrecer y pagar un soborno a un juez de la República y a un oficial mayor de un juzgado civil, para adoptar una decisión en beneficio de los intereses del procesado.

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