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Todo lo que debe saber sobre el proyecto de ley animalista

La llamada ley animalista está cada vez más cerca de ser aprobada en el Congreso de la República y parece tener el camino allanado para hacer realidad una petición que desde hace años vienen haciendo activistas y ajenos al tema: que aquellos que maltratan a los animales, sean castigados severamente.

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Al menos así lo cree el representante a la Cámara Juan Carlos Losada, autor del proyecto de ley 087 que busca el Código Penal frente a estos hechos de violencia y que ya está listo para ser discutido en la plenaria de la Corporación.

“En todo caso pedimos celeridad para que el proyecto se convierta en ley lo antes posible, con el fin de que no se sigan presentando casos como las recientes muertes de animales (en Bogotá) que terminaron siendo víctimas de riñas entre vecinos. Eso es algo que no podemos permitir”, señaló Losada.

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“Es ridículo y absurdo que la violencia entre vecinos termine victimizando aún más a los animales, y por eso de nuevo hacerle un llamado esta vez a la mesa directiva de la plenaria de la Cámara, al presidente de la Cámara, Fabio Amín, para que así como lo hizo la mesa directiva de la Comisión Primera de la Cámara, agilice el debate de la Ley 087 para que por fin haya algunas medidas que se puedan tomar en este tipo de casos”, agregó.

Pero, ¿cuáles son esas medidas? ¿En qué consiste el proyecto? Estas son preguntas cuyas respuestas aún muchos no tienen claras.

Por eso, para que entienda mejor en qué consiste este proyecto 087 de la ley animalista, que dictamina que una persona que mata a un animal en un hecho de intolerancia podría pagar multas hasta de 40 millones de pesos y penas de hasta 36 meses de cárcel, le dejamos los que para Losada son los cinco puntos clave del proyecto:

1. Lo primero es conseguir, a través de una Ley de la República, que los animales sean concebidos como seres que sienten y que como los mismos humanos, puedan recibir protección adecuada contra el sufrimiento injustificado causado directa o indirectamente, precisamente, por los humanos.

2. El segundo punto a contemplar es el hecho de que, por primera vez, queden unificados y anotados en los códigos penal y administrativo las conductas que pueden hacer daño a los animales, para así prohibirlas de tal modo que si se realizan se puedan sancionar de acuerdo a los códigos.

3. El tercer punto clave es entonces que esas conductas, dependiendo de su gravedad, puedan tener severas sanciones. El proyecto 087 indica, de hecho, que se trataría de penas de prisión de 12 a 36 meses o con multas de hasta 60 salarios mínimos mensuales vigentes a las personas que violen lo estipulado en los códigos.

4. Del mismo modo, el proyecto contempla como herramienta clave el hecho de que la Policía pueda retener preventiva e inmediatamente a cualquier animal que esté siendo víctima de violencia o se encuentre en riesgo de ser maltratada por los humanos, de modo que se proteja su integridad.

5. El quinto punto clave es que no solo se castiga el maltrato directo, sino también el abandono de los animales a su suerte, hecho que, si se aprueba la ley, se sancionaría con multas que van desde los 2 hasta los 20 salarios mínimos legales vigentes, es decir, hasta 12 millones de pesos.

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