Atlético Nacional recibió la suspensión parcial de su plaza, el estadio Atanasio Girardot, por la conducta impropia de sus espectadores en el juego ante Millonarios.
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En el partido de la jornada 20 del campeonato colombiano se presentaron los hechos en los que algunos aficionados del equipo antioqueño lanzaron monedas y un encendedor contra el jugador Daniel Ruíz, del equipo visitante.
Debido a esto, serán dos las jornadas en las que estará suspendida la tribuna sur oriental del escenario, además, Nacional deberá pagar una multa de ocho millones ciento setenta y seis mil setecientos treinta y cuatro pesos ($8.176.734).
Vea acá: ¡Señor, cuídame de mis compañeros que los remates de mis adversarios los atajo yo!
Esto fue notificado en el más reciente boletín del Comité Disciplinario del Campeonato que señaló el caso en su artículo número 12.
Boletín del Comité Disciplinario
Artículo 12°. -Atlético Nacional S.A.(“Nacional”) sancionado con dos (2) fechas de suspensión parcial de plaza, tribuna sur oriental y multa de ocho millones ciento setenta y seis mil setecientos treinta y cuatro pesos ($8.176.734) conducta impropia de espectadores en el partido disputado con Azul & Blanco. Millonarios F.C. S.A. por la fecha 20ª de la Liga BetPlay DIMAYOR II 2021 (Art. 84-1, 4, 5 y 6 del CDU de la FCF).
El Comité conoció de los hechos constitutivos de una presunta infracción disciplinaria a través de los informes de los oficiales de partido y de las imágenes oficiales del encuentro.
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El árbitro del encuentro reportó: “Malo en la tribuna sur, en el sector cercano al saque de esquina de oriental”. En esta tribuna lanzaron monedas y un encendedor cuando un jugador de Millonarios se disponía a realizar un saque de esquina.
Al minuto 35 hinchas de Nacional ubicados en la tribuna sur, cercanos al saque de esquina de oriental lanzaron algunas monedas y un encendedor que golpeó en la mano al jugador #17 de Millonarios, Daniel Ruiz.
Los jugadores del equipo local ayudaron a calmar inmediatamente a la hinchada y en el resto del partido no se volvieron a presentar incidentes”.
Por su parte el comisario de campo informó: “En un tiro de esquina en el sector sur oriental en el minuto 37 de juego, un encendedor y un par de monedas fueron arrojadas para impedir el cobro, sin embargo, los jugadores de Atlético Nacional intervinieron pidiendo calma a la tribuna y así continuó el juego. No se volvió a presentar una situación de esta índole el resto del compromiso”.
Finalmente, de las imágenes oficiales se puede observar con claridad que en dos momentos se presenta lanzamiento de objetos en contra del jugador del club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. que se disponía a cobrar un tiro de esquina. Así mismo, se observa a plenitud el momento en el cual un objeto que posteriormente se identificó como un encendedor, golpea la humanidad del jugador.
Analizado el acervo probatorio y los descargos formulados por el club este Comité considera:
1.Del análisis se puede concluir: (i) Que el lanzamiento de objetos no fue una situación aislada ya que alcanzó tal dimensión que el jugador del club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. tuvo que retirarse en un primer momento del punto de saque de esquina y luego, cuando se acerca nuevamente para cobrar el tiro de esquina, es impactado por un objeto, que posteriormente se identificó como un encendedor y, ( (ii) Que la intervención de algunos jugadores de Nacional (junto a la intervención de la fuerza pública) es lo que logra que efectivamente los ánimos de la tribuna se calmen y así dar continuidad al trámite del partido.
2.Por estas razones, este Comité estima que el lanzamiento de objetos que se produjo se encuadra dentro de la disposición del numeral 4 del artículo 84 del CDU de la FCF, como conducta impropia de espectadores.
3. Establecida la infracción cometida, el numeral 5del artículo 84 del CDU de la FCF dispone de una sanción que oscila entre una (1) y tres (3) fechas de suspensión de la plaza cuando el público incurra en conducta impropia.
En consonancia con lo anterior, el artículo 6 del artículo 84 del CDU de la FCF señala que en casos en suspensión de la plaza procederá igualmente una multa entre los ocho (8) y los diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Para este caso en concreto, es menester recordar que Nacional ya ha sido sancionado por conducta impropia de espectadores dentro de la competencia Liga BetPlay DIMAYOR II 2021, situación que debe ser valorada para efectos de la dosificación de la sanción que se procederá a imponer.
Lo anterior aunado al hecho que este lanzamiento de objetos efectivamente logró impactar la humanidad de un jugador del equipo visitante, situación que comporta gravedad y que debe ser valorada en el trámite.4.Es de resaltar que el árbitro del partido expresamente identificó a la tribuna suroriental como la tribuna desde la cual se desplegó la conducta, razón por la cual, de conformidad con las disposiciones del artículo 30 del CDU de la FCF, la sanción se dirigirá de manera exclusiva a esta gradería.
En consecuencia, este Comité sanciona a Atlético Nacional S.A. con dos (2) fechas de suspensión parcial de la plaza, tribuna sur oriental y multa de ocho millones ciento setenta y seis mil setecientos treinta y cuatro pesos ($8.176.734), conducta impropia de espectadores en el partido disputado con Azul & Blanco Millonarios F.C.S.A. por la fecha 20ª de la Liga BetPlay DIMAYOR II 2021 (Art. 84-1, 4, 5 y 6 del CDU de la FCF).
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición ante este Comité y el de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la DIMAYOR.