¿Fast track o referendo?

No faltó mucho tiempo para comprobar lo que se veía evidente, cuando varias voces demandaban el respeto a la voluntad popular del ‘no’, quienes votaron en el plebiscito la no aprobación de los acuerdos de La Habana por considerarlos demasiado condescendientes con las Farc, garantistas con el narcotráfico, ampliamente generosos con la impunidad y dar como premio mayor la elegibilidad política a quienes han sido autores de crímenes de guerra y de lesa humanidad, quienes votaron en el plebiscito por la opción del ‘no’ no solo se negaron a la implementación de todo ese esperpento de regalos para las Farc, también lo hicieron para que se respetara el orden constitucional vigente en Colombia.

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El fast track o ‘la vía rápida’, en español, podríamos definirlo como el acto orquestado antijurídico más pavoroso para la democracia colombiana, no solo por lo que implica por sí solo, sino por que viola de entrada los principios constitucionales consagrados en la Carta Política, es decir, sería esta una forma sofisticada de hacerle trampa a la democracia, a las reglas preestablecidas para generar normas jurídicas, e inclusive para hacer cambios significativos y sustanciales en la Constitución política de Colombia; ojalá esas vías rápidas para modificar las normas a favor de las Farc las hicieran para eliminar la corrupción o para hacer un sistema de justicia más eficaz con el ciudadano de a pie.

Así las cosas, este mecanismo “moderno” de burlarse de las democracias constitucionales permitiría que cualquier ley ordinaria para que sea válida no se debata en el Congreso en cuatro debates sino en dos, y si la norma jurídica es de rango constitucional para su creación no requerirá de ocho debates sino de cuatro, todo en nombre de la paz, todo en nombre de las Farc; ¿qué hubiese sucedido en el pasado si se hubiera utilizado el fast track para la reelección en pro de la seguridad nacional? Este ejemplo tan claro demuestra cómo estamos en una sociedad de raseros en donde los hechos de uno son válidos por fines de “alta política”.

Si la Corte Constitucional, en medio de las presiones que tiene, da vía libre al fast track, los colombianos no tendremos más opción que salir a pedir un referendo en el cual se cierre de tajo cualquier posibilidad de que la impunidad campee, ello quedaría consagrado en la Constitución, un referendo con cinco preguntas sencillas que se divida en dos ejes temáticos simples, pero con gran alcance jurídico, que en ningún caso pueda existir impunidad para lograr un proceso de paz con grupos armados al margen de la ley, que no existan penas simbólicas que sustituyan, conmuten o reduzcan las penas efectivas privativas de la libertad.

Contra la elegibilidad también podría plantearse una pregunta, la cual indique que no estarán habilitados para ser inscritos a cargos de elección popular, ni designados como servidores públicos quienes no hayan sido declarados no responsables de crímenes de guerra y lesa humanidad, tratándose de procesos de paz, y desde luego el más importante: la posibilidad de revocar el Congreso con el 5% de las firmas del censo electoral, con la participación de un umbral del 13%, así como le gusta al régimen, en razón de los últimos horrendos hechos no estaría también de más una pregunta que posibilitara la cadena perpetua a responsables de violaciones de niños y feminicidios.

*Las opiniones expresadas por el columnista no representan necesariamente las de PUBLIMETRO Colombia S.A.S.

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