La semana pasada fuimos testigos del más reciente rifirrafe entre el presidente Santos y el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez; el motivo de la polémica se centró con ocasión de los anuncios del jefe de Gobierno, en los que, de manera categórica, llama a todos los funcionarios públicos a promover el certamen democrático y electoral, denominado plebiscito por la paz; lo que a simple vista parece noble, justo e incluso ajustado a prerrogativas públicas, no lo es tanto, dado que existe norma jurídica de rango constitucional que prohíbe, de manera expresa, la participación en política de todos los funcionarios públicos.
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La participación en política de funcionarios no es un asunto nuevo; siempre, desde que tengo uso de razón, antes de celebrarse un certamen democrático, bien sea elección presidencial y Congreso de la República, nace la discusión y es apenas lógico, no es tarea fácil de quienes están en el Gobierno no puedan promover una elección en la cual tengan un interés significativo, o en la que tengan claridad de tomar partido en decisiones que se toman en certámenes democráticos, desde el acto legislativo o reforma política de 2004 se planteó y dejó despejado el camino, cambiar la hipocresía por dar la cara y ser determinantes máxime tratándose de mecanismos de participación ciudadana.
En razón del rotundo fracaso del referendo del Gobierno de Álvaro Uribe Vélez en el año 2003, en el cual, partiendo en principio de que la diferencia entre el llamado plebiscito por la paz y el referendo de 2003 es mínima, tratándose como mecanismo de participación popular y democrático, desde luego si miramos la sustancia u objeto de los dos mecanismos, obviamente son diferentes, el de 2003 promovía fuertes cambios en la Constitución para combatir la corrupción y la politiquería. Recuerdo tanto que se quedó corto de votos, en principio porque el umbral fue superior a 20 millones de sufragios y también porque no se desplegó el aparato estatal para promoverlo.
Y no se dejó de mover todo el establecimiento para aquel referendo, porque el presidente así lo quiso en su momento; no, simplemente porque no existía una norma legal o constitucional que permitiera de manera clara, expresa y vigente la participación de funcionarios públicos cualquiera que sea su denominación, o que hicieran parte de cualquiera de las ramas del poder público en certámenes políticos y electorales, sin importar que no fuera una elección uninominal o de un cuerpo colegiado; por ello, en 2004, se introdujo una norma en la Constitución que permitiera la participación en política de algunos funcionarios públicos, previo a unas condiciones.
Tales condiciones estarían reguladas en una ley estatutaria la cual, a la fecha, no existe, no tiene condiciones claras para que exista equilibrio, imparcialidad, transparencia, no puede hablarse de habilitación a los funcionarios públicos para participar en cualquier certamen electoral. Qué bueno sería que hubieran creado tal norma estatutaria para que no solo dos, sino todas las ramas del poder público, pudieran tener deliberación política, al tanto que se extendiera dicho privilegio no solo a las ramas del poder público, sino también a las instituciones de la Fuerza Pública, es que lograr la paz es un valor igual de importante a erradicar la corrupción.
*Las opiniones expresadas por el columnista no representan necesariamente las de PUBLIMETRO Colombia S.A.S.