El Gobierno tendrá que acatar la orden de un juzgado. Esmad no podrá usar gases lacrimógenos y otros agentes químicos en protestas durante la pandemia.
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Fue el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá el que emitió la orden en pasado 29 de octubre.
Pero este fin de semana se conoció el fallo gracias a un comunicado de Mindefensa en el que promete acatarlo.
Aunque hace una salvedad: será vigente hasta que se levante la emergencia sanitaria por el coronavirus.
Esmad no podrá usar gases lacrimógenos y otros agentes químicos en protestas
Dicho fallo ordena «de forma inmediata, al Presidente de la República y a la Nación – Ministerio Defensa Nacional – Policía nacional que suspenda el uso de los agentes químicos».
Según el fallo, no se podrán usar los siguientes elementos:
- Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
- Cartuchos con carga química CS, OC.
- Granadas con carga química CS, OC.
- Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.
- Granadas fumígenas.
En el comunicado, Mindefensa también aclara que:
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«El uso de armas menos letales por parte de la Policía Nacional se realiza de conformidad con las normas internacionales de protección a los derechos humanos y los protocolos y reglamentos internos que para el efecto existen».