La legislación colombiana prohíbe el pago de horas extras en teletrabajo, lo que afecta a millones de personas en las condiciones laborales actuales.
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Uno de los principales cambios que ha traído la pandemia es en el modo de trabajo de millones de colombianos. Para muchas personas, el teletrabajo, trabajar desde casa, se ha convertido en una alternativa viable. Pero las condiciones de este mecanismo laboral, según una demanda admitida por la Corte Constitucional, serían discriminatorias.
El motivo de la demanda, según El Espectador, es la ley que regula el teletrabajo, la 1221 de 2008. La norma indica que, debido a la «naturaleza especial de sus labores», los teletrabajadores no tienen horarios fijos. Así, no podrían tener horas extras en teletrabajo. Pero, con el cambio provocado por la pandemia, la situación sería muy diferente.
Los demandantes aseguran que esta norma es discriminatoria ante quienes teletrabajan. «La Corte Constitucional reconoce la jornada máxima (que en Colombia es de ocho horas) como un elemento crucial incluido dentro del concepto de trabajo digno que permite diferenciar los espacios y dimensiones del individuo, sin que su esfera privada se vea menoscabada por su trabajo”, dice la demanda.
«Los límites a las jornadas de trabajos constituyen una garantía necesaria y causal para garantizar un trabajo digno en cualquier oficio o modalidad de trabajo», añaden.
Aunque los teletrabajadores no tienen debilidad manifiesta ante los trabajadores en oficina, los demandantes aseguran que hay motivos para este análisis. «El teletrabajador puede incurrir en casos en los que trabaje largos periodos de tiempo (pudiendo ser incluso mayores a los del trabajo ordinario), sin que se le reconozca que realizó trabajo suplementario, y mucho menos, su respectiva remuneración».
La demanda entró a análisis en el despacho del magistrado Alejandro Linares.