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Las condiciones para terminar de manera unilateral los arriendos de locales durante la pandemia

El Gobierno Nacional emitió nuevos decretos para auxiliar a ciertos sectores de la economía tras la crisis provocada por la pandemia del coronavirus. En el sector comercial, la queja de los arrendatarios de locales es que siguen pagando dicha renta sin tener sus negocios abiertos, por lo que le pidieron al Gobierno regular esto y el decreto llegó, tarde, pero llegó.

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Las condiciones para terminar de manera unilateral los arriendos de locales durante la pandemia

El presidente de la República, Iván Duque, anunció que a partir de la fecha se puede romper un contrato de manera unilateral por parte del arrendatario, siempre que cumpla con algunos requisitos. Para ello, necesitará estar al día en los pagos, no solo del canon de arriendo sino en servicios públicos y cuotas de administración.

Asimismo, la penalidad no será superior a un tercio de lo que obedezca la pena estipulada en el contrato por rompimiento de contrato.

  1. El local debe estar al día en el pago de arriendos.
  2. El local debe estar al día en pagos de servicios públicos y cuotas de administración si hay lugar.
  3. El arrendatario deberá pagar máximo la tercera parte de la penalidad por desestimiento que tenga contemplada el contrato.

La medida llega como auxilio para bares y discotecas, las cuales no han podido ser reabiertas debido a la imposibilidad de mantener el distanciamiento social en los servicios ofrecidos.

Según cifras de Fedelonjas, el 50% de los arriendos no fueron abonados durante el mes de abril y se prevé que en mayo esa cifra es más dramática. El decreto tendrá vigencia hasta el 31 de agosto.

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