Para este fin de semana serán afectivas las medidas del toque de queda y ley seca. Conozca las excepciones que tendrá la medida del toque de queda en Medellín.
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Los 10 alcaldes del área metropolitana decidieron aplicar ley seca y toque de queda para el Día de la Madre.
La ley seca iniciará el sábado 9 de mayo a las 5:00 p.m. e irá hasta el lunes 11 de mayo a las 5:00 a.m.
Mientras que el toque de queda será desde el sábado 9 de mayo, desde las 7:00 p.m. hasta el domingo 10 de mayo a las 5:00 a.m.
Luego iniciará el domingo 10 de mayo desde las 7:00 p.m. hasta el lunes 11 de mayo a las 3:00 a.m.
De acuerdo con el decreto 540 de 2020 que reglamenta ambas medidas en Medellín.
Las excepciones
Las únicas excepciones que tendrá la norma son:
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1. Asistencia y prestación de servicios de salud y su cadena de suministros y mantenimiento.
2. Medicamentos y productos farmacéuticos y su distribución.
3. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
4. Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud y de todos los organismos internacionales humanitarios y de salud, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
5. Las actividades relacionadas con los servicios de emergencias, incluidas las veterinarias.
6. Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
7. Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa.
8. El funcionamiento de la infraestructura crítica: computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información, cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía o salud pública.
9. El funcionamiento y operación de los centros de llamadas, los centros de contactos, los centros de soporte técnico, los centros de procesamiento de datos y de las plataformas de comercio electrónico.
10. El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios y de empresas que prestan el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas.
11. Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de servicios públicos, cadena logística de hidrocarburos, combustibles, minerales, internet y telefonía.
12. El funcionamiento de los servicios postales de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.
13. Las actividades estrictamente necesarias para operar y realizar el mantenimiento de empresas, plantas industriales o minas del sector público o privado.
14. Comercio al por menor de combustible.
15. El funcionamiento de las comisarías de familia e inspecciones de policía, así como los usuarios de estas.