El alivio de impuestos para quienes están endeudados estaría analizado en un decreto que ha propuesto el ministerio de Hacienda.
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Si usted tiene créditos o tarjetas, podría recibir un alivio de impuestos con un decreto. Pero si usted tiene ahorros o rendimientos financieros a través de CDT o acciones, la cotización de renta podría subir. Todo esto llega por una decisión que propuso el Ministerio de Hacienda en reglamentación de la Ley de Financiamiento.
Según el decreto, se quitará el componente inflacionario del cálculo de la base de declaración de renta. Actualmente, este componente hace parte del cálculo de beneficios tributarios por el pago de intereses.
Por ejemplo, si usted está pagando un crédito de vivienda al 20.18% anual, no debe pagar renta sobre los intereses que paga al crédito. Pero, debido a que se calcula la inflación (en este caso, el 3.18% para 2018), solo recibe un alivio de impuestos del 17%. Así mismo, si usted recibe un rendimiento del 7,18% por un CDT al año, actualmente debería pagar el 4% de esos intereses como base para declarar renta.
Con la decisión, según el diario El Tiempo, ambos elementos cambian rotundamente. Usted debería descontar, de aprobarse ese decreto, el 20.18% que paga en intereses de crédito de su base gravable. Así mismo, debería presentar el 7.18% que recibe por su CDT en la misma base gravable.
La última parte del decreto plantea que los rendimientos financieros aplicarán únicamente para personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad. Las personas jurídicas (empresas) deberán continuar con el mismo procedimiento actual.
Este alivio de impuestos servirá a personas que tienen créditos de vivienda, vehículos y tarjetas de crédito. Quienes tienen ahorros en fondos de inversión, cuentas de ahorro, CDT y títulos valores deberán pagar más por sus rendimientos.