Iván Márquez ya no podrá ser senador de la República ya que el Consejo de Estado declaró la pérdida de investidura a Iván Márquez. Por ende, el desmovilizado no podrá ejercer cargos de elección popular de por vida.
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La decisión del Consejo se dio porque Márquez no tomó posesión de su curul y tampoco se pudo comprobar que su ausencia sea por “fuerza mayor”.
Esta decisión es en primera instancia.
La pérdida de investidura hace parte de la Constitución y en ella se establecen siete puntos: “violación del régimen de inhabilidades, violación del régimen de incompatibilidades, violación al régimen de conflictos de intereses, indebida destinación de dineros públicos, tráfico de influencias debidamente comprobadas, inasistencia en un mismo periodo de sesiones a seis plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo y por no tomar posesión del cargo dentro de los ocho días siguientes a la fecha de instalación de las cámaras”, se lee en El Tiempo.
En esta última causal se indica que debe tomar posesión en el Capitolio de forma presencial.
También aclara que, quienes sean declarados con pérdida de investidura no podrán volver a ejercer cargos de elección popular.
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