A partir de junio, los contratistas y personas que trabajan por prestación de servicios tendrán un cambio drástico. Sus honorarios tendrán aplicado «por derecha» el descuento de sus aportes a seguridad social. Esto busca disminuir la evasión de estos aportes, aunque reduciría la dificultad a múltiples trabajadores.
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En junio, la norma aplicará. Según esta, el empleador podrá descontar a su trabajador sus aportes a seguridad social. Esta figura, que aplica en los empleos de planta, haría que estas deducciones se consignaran directamente a sus EPS, fondos de pensión y administradoras de riesgos laborales (ARL).
El decreto 1273 de 2018 obliga al empleador a aplicar la retención sobre el 40 por ciento del valor del contrato pactado. Este descuento exige la deducción del 28.5% de los honorarios del ingreso: 12.5% a salud, y 16% a pensión.
Cabe tener en cuenta otro detalle: el porcentaje al que aplica dicha deducción no puede ser inferior a un salario mínimo. Así, por ejemplo, una persona que gane 1.5 millones de pesos de contrato tendrá que aplicar su descuento a partir de un salario mínimo, 828.116 pesos.
Esta persona tendrá que tener un descuento de $236.013, cercano al 16%. En cambio, si la persona tiene un contrato de $3 millones, aplicará el descuento sobre el 40% de sus honorarios. Su empresa le descontará $342.000, el 11.4% aprobado por la ley.
Según el Dane, en el trimestre diciembre-febrero, el 43,4 por ciento de los ocupados fueron empleados por cuenta propia (pueden ser formales contratados por prestación de servicio o informales).