La Corte Constitucional restringió las consultas populares contra la minería para garantizar el desarrollo económico del país.
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En un fallo, los magistrados recordaron que las consultas no pueden prohibir todos los proyectos de explotación de hidrocarburos.
Según la Corte, “no se puede desconocer la propiedad del subsuelo y de recursos naturales de todos los colombianos en cabeza del Estado”. Por eso asegura que deben existir más mecanismos para que los ciudadanos puedan demostrar su oposición.
Este fallo se produjo por una tutela que buscaba tumbar la consulta popular que se realizó en 3017 en Cumaral, Meta, para evitar el proyecto de la empresa Mansarovar Energy.
Pero los mismos magistrados instaron a los parlamentarios a que desde el Congreso se fijen los parámetros para desarrollar las consultas populares que intenten evitar proyectos mineros.
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