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Llegó el posconflicto: la JEP comienza hoy

Hoy, formalmente la Secretaría Ejecutiva entregará a los 51 magistrados que conforman esta justicia transicional los nombres de las personas que se someterán a ella.

Con 7392 nombres empieza el trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que desde este momento tendrá en sus manos la obligación de investigar, juzgar y sentenciar a los responsables del conflicto armado.

Desde que se pactó su creación en La Habana con las Farc, el Gobierno ha insistido en que la JEP es la columna vertebral del acuerdo de paz porque garantizará la verdad, justicia, reparación y no repetición de la violencia que durante 53 años azotó el país.

Entre las primeras funciones que tendrán los 51 magistrados elegidos y posesionados en enero están escuchar a las víctimas, con el objetivo de identificar los casos más graves y representativos cometidos en el conflicto, y descartar aquellos que sean competencia exclusiva de la justicia ordinaria.

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Este mecanismo transitorio fue creado exclusivamente para conocer las graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario y tendrá una vigencia de entre 15 y 20 años.

La nueva jurisdicción tendrá en sus manos los casos cometidos tanto por agentes de la Fuerza Pública como por miembros de las Farc, al igual que los agentes del Estado que no hayan sido miembros de la Fuerza Pública y los terceros civiles que se quieran someter voluntariamente a la JEP.

Además, a esta jurisdicción podrán acceder aquellas personas que se consideren víctimas de “graves violaciones” a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario cometidas por los agentes del Estado y los miembros de las Farc en razón del conflicto armado.

Delitos

Dentro de esa categoría se incluyen “aquellos hechos de violencia cometidos en el marco del conflicto armado que pueden ser considerados graves y representativos”, como genocidio, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.

También se incluyen la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de menores de edad.

Sanciones

La JEP establecerá sanciones con enfoque restaurativo como trabajos y obras relacionados con el desminado o la reparación de infraestructuras. Además, podrá decretar medidas de reparación simbólica.

La JEP está compuesta por tres Salas de Justicia: la de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad de Determinación de los Hechos y Conductas; la de Definición de Situaciones Jurídicas, y la de Amnistía o Indulto.

Entre las sanciones que impondrá están las “propias”, aquellas que implican reparación del daño causado e incluyen restricción de la libertad en establecimientos no carcelarios de cinco a ocho años, y las “alternativas”, que suponen penas de prisión por el mismo periodo.

Finalmente, se incluyen sanciones “ordinarias”, que suponen una privación de la libertad en establecimiento carcelario de 15 a 20 años.

Esta última sanción se impondrá a quienes no reconozcan responsabilidad y sean hallados culpables.

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