Cerca de 7000 guerrilleros en las zonas de concentración y aproximadamente 3000 guerrilleros que están en las cárceles del país por delitos de rebelión y conexos serán beneficiados con la Ley de Amnistía que ya fue aprobada con el decreto 277 del 17 de febrero de 2017.
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Varios sectores políticos que están en contra del proceso de paz aseguraron que dicha ley personaría los delitos atroces cometidos por miembros de las Farc. Pero esto no es cierto.
De hecho, la Ley de Amnistía no perdona sino que suspende los procesos judiciales y las investigaciones que existan contra las Farc hasta que entre en vigencia la Jurisdicción Especial para la Paz, para que sean trasladados a este modelo transicional, pactado en el acuerdo de paz.
Dicha amnistía permitirá que los guerrilleros concentrados en las 26 zonas veredales puedan empezar su proceso de desmovilización sin el riesgo de ser capturados o condenados por la justicia colombiana. Además ellos se beneficiarán con esta ley debido a que pagarán sus condenas de diferentes maneras si aportan a la verdad y reparación de las víctimas del conflicto.
Otros 3000 guerrilleros que están en las cárceles por delitos de rebelión y delitos conexos serán indultados y trasladados a las zonas de concentración con el compromiso de acogerse a la Jurisdicción Especial para la Paz y no intentar salir del país.
Pero hay un tercer grupo beneficiado con esta ley: quienes hayan sido enviados a la cárcel acusados de pertenecer a las Farc y colaborar con dicha guerrilla, así como aquellos condenados por el ejercicio de la protesta social.
Los militares también podrán acogerse a la Ley de Amnistía bajo una figura diferente.
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El dato:
La amnistía se aplicará solo para los delitos que hayan cometido los miembros de las Farc antes de la entrada en vigencia del Acuerdo Final, es decir, del 1 de diciembre de 2016.
Lo siguiente que deberán hacer las Farc es entregar al Gobierno una lista de los posibles beneficiados con esta amnistía y luego el Estado estudiará caso por caso. En cuanto a los acusados de ser guerrilleros, los fiscales y los jueces aplicarán la ley a cada persona.
Delitos amnistiables
Los delitos por los que podrán recibir amnistía serán los políticos, de rebelión y conexos.
En el caso de un guerrillero que no esté condenado por un delito político, podrá acogerse a la amnistía si cometió un delito conexo relacionado con rebelión y cometido en el marco del conflicto.
En cuanto al narcotráfico, será la sala de amnistía de la Jurisdicción la que revisará cada caso para establecer si esta actividad la realizó para financiar a la guerrilla o por enriquecimiento personal.
Los delitos políticos amnistiables son: rebelión, sedición, asonada, conspiración, usurpación, retención ilegal del mando, falsificación de documentos, porte ilegal de armas, porte ilegal de aparatos de transmisión. Además, no habrá amnistía para delitos de lesa humanidad.
«Oficina Alto Comisionado Paz es la encargada de recibir la lista de miembros de las Farc que serán amnistiados y deberá contrastarla»: Catalina Díaz, directora de Justicia Transicional.