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Este lunes la Corte Constitucional tomará una decisión sobre el ‘fast track’

El 12 de diciembre los magistrados definirán si es legal aplicar el ‘fast track’ del Acto Legislativo para la Paz aunque el plebiscito no ganó y el segundo acuerdo fue refrendado en el Congreso.

MIA58 - 04/06/03 - REFERENDO - Bogotá.- En el Auditorio de la Corte Constitucional se lleva a cabo la audiencia pública que se hace sobre el referendo, junio 4 de 2003. Álvaro Uribe Vélez Presidente de Colombia, es el primer mandatario de la nación que asiste a una audiencia pública en La Corte Constitucional, la cual tendrá un plazo hasta el 17 de julio para emitir su fallo, sobre el referendo. Foto Luis Ramírez/Colpress vía EFE-UGI/lrc. PROHIBIDO USO EN COLOMBIA - COLOMBIA OUT (LUIS RAMÍREZ/EFE-UGI)

Lo que la Corte deberá analizar es si es constitucional este mecanismo que permitirá facilitar la aprobación de las leyes necesarias para implementar el acuerdo, como la ley de amnistía que las Farc han pedido para poder movilizarse tranquilamente a las zonas de concentración.

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El ‘fast track’ o procedimiento legislativo especial para la paz permitiría al Congreso aprobar leyes en el menor tiempo posible (entre dos y tres meses) y el Acto Legislativo para la Paz le daría a Santos facultades especiales durante seis meses para implementar el acuerdo con las Farc.

Según el viceministro de Participación Popular del Ministerio del Interior, Luis Ernesto Gómez, el ‘fast track’ es un camino para simplificar el trámite de leyes como el proyecto de amnistía a los guerrilleros y las normas de participación política y reforma agraria.

El presidente Juan Manuel Santos ha dicho, en repetidas oportunidades, que este mecanismo es necesario para implementación rápida del acuerdo ya que, de demorarse, muchas personas estarían en riesgo.

Por eso confía en que la Corte Institucional defina el ‘fast track’ como válido. Si esta fórmula no resulta, el Congreso lo puede implementar de todas formas, «aunque vaya a tardar más».

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