*Todos los integrantes del comité de escogencia deberán inspirar confianza en la ciudadanía.
*El comité de escogencia podrá seleccionar comisionados y comisionadas extranjeros pero estos en todo caso no podrán ser más de 3.
*El comité de escogencia tendrá hasta 3 meses para la selección de los comisionados y las comisionadas, contados a partir del cierre de la fase de postulaciones.
*La selección de los comisionados y las comisionadas deberá adoptarse por mayoría de 2/3 de los integrantes del comité de escogencia.
El Gobierno y las Farc solicitaron al presidente de la Corte Europea de Derechos Humanos que designe a una persona para conformar el comité que elegirá a los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz, después de que el papa declinara esa petición.
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Las delegaciones indicaron en un comunicado que el presidente de esa corte, Guido Raimondi, ya «ha aceptado gentilmente la invitación» para elegir a un delegado para el comité de selección de los jueces de paz, un mecanismo independiente y transparente que las partes acordaron el pasado 12 de agosto.
«Agradecemos el apoyo reiterado por el santo padre a la nación colombiana (…) y manifestamos comprender los motivos pastorales por los cuales recomienda confiar esa tarea a otras instancias», indicaron las delegaciones de paz.
También solicitaron su participación, para conformar ese comité de selección de jueces, al secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, a la Corte Suprema de Justicia de Colombia, a la delegación en Colombia del Centro Internacional de Justicia Transicional y la Comisión Permanente del Sistema Universitario del Estado.
Las delegaciones anunciaron el pasado 24 de agosto un acuerdo definitivo de paz, aunque los pactos no entrarán en vigor hasta la firma final del documento, en un acto formal que se producirá en las próximas semanas, probablemente en Colombia.
Lo que dicen los acuerdos
La Jurisdicción Especial para la paz aparece en el punto 5, en el acuerdo sobre víctimas, junto a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado; las medidas de reparación integral para la construcción de la paz; y las garantías de no repetición.
El mecanismo para la selección de magistrados, fiscales y demás integrantes de la Jurisdicción Especial para la Paz quedó acordado el 12 de agosto de 2016. En este caso, la Corte Europea se encargará de escoger el comité que seleccionará y nombrará a los 11 comisionados y comisionadas de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición.