Un fallo de tutela decidido este martes por la Corte Suprema de Justicia permitirá que las personas acusadas por su presunta responsabilidad en delitos como secuestro, terrorismo o extorsión sean liberadas si su juicio no inicia 120 días después de la fecha de la acusación.
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La decisión judicial, aprobada con una ponencia del magistrado José Luis Barceló, aclara una situación causada por la ley 1121 de 2006. Según esta norma, los delitos anteriormente mencionados no recibirían ningún beneficio al momento de ser detenidos, lo que para varios jueces, involucraba también el vencimiento de términos mientras se realizaba la acusación.
Según la Corte Suprema de Justicia, este plazo de vencimiento de términos no es un beneficio judicial, sino un derecho del cual no puede ser privado ningún procesado, así sea por su presunta responsabilidad en delitos «atroces».
Los principales beneficiarios con esta decisión serían miembros de grupos guerrilleros, paramilitares y bacrim, que han visto cómo la ineficiencia de las autoridades lleva dilatando durante meses e incluso años el inicio de sus juicios, en algo que la Corte considera «una condena anticipada».
El alto tribunal pidió en el fallo que se actúe con celeridad en todos los casos posibles de violaciones al Código Penal, sin importar cuál fue el delito cometido, para poder brindar justicia de forma eficaz y rápida.
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