Después de haber pasado por las diferentes instancias, esta ley ha sido aprobada por la Plenaria del Senado de la República como el proyecto de Ley 172 que penaliza el maltrato de los animales a nivel nacional, se tendrá aumento en las multas y según se considere los que infrinjan la ley podrán pagar penas de cárcel.
Se mantienen las excepciones del artículo séptimo del Estatuto Animal de 1989; o sea todo lo que tiene que ver con el entrenamiento y adiestramiento de caballos, perros y otras especies y que no son considerados maltrato animal.
Ahora se castigará con cárcel entre 12 a 36 meses y si hay agravantes como si se comete maltrato en público, frente a menores de edad, si es maltrato sexual con animales o si esta situación la comete un funcionario público. También se elevarán las multas y ahora serán entre 5 y 50 salarios mínimos legales vigentes (hasta 36 millones de pesos). Y por último, en el Código Penal los animales dejan de ser reconocidos como ‘cosas’, sino que entran a considerarse como seres sintientes.
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Este Proyecto de Ley fue propuesto por el representante a la Cámara Juan Carlos Lozada y tuvo el apoyo y ponencia del Senador Juan Manuel Galán.
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