Desde el 22 abril de 2015, el Consejo Nacional Electoral avaló la candidatura de Rafael Pardo a la Alcaldía de Bogotá al resolver una consulta elevada por el ciudadano Oswaldo Blanco sobre una presunta inhabilidad del candidato por haber ocupado en calidad de encargado la Alcaldía de Bogotá “entre marzo y abril de 2014”.
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Según el concepto del magistrado Héctor Helí Rojas Jiménez, aprobado el 22 de abril de 2015, “De acuerdo con la jurisprudencia, quienes ocupan el cargo de alcaldes encargo no son objeto de la restricción en comento”
El concepto lleva las firmas de Emiliano Rivera Bravo, Presidente del Consejo Nacional Electoral, del vicepresidente, Felipe Garcia Echeverri, y de Héctor Helí Rojas, magistrado ponente.
“Es un refrito”, Rafael Pardo
El candidato Rafael Pardo calificó la noticia como un refrito que busca hacer daño a su campaña:
«Se trata de un refrito porque una demanda así ya había sido presentada ante el Consejo Electoral, que la archivó porque no tenía base ni fundamento. Lo que pasa es que alguna campaña, habilidosamente, llevó el caso a la Procuraduría, que no es competente y lo manda por carta al Consejo Electoral.
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Allá ya fue archivado y por lo tanto es un refrito que busca efectos electorales. Como no encuentran casos de corrupción o ineficiencia en mi persona, inventan este tipo de cosas que no tiene base ninguna. Todo es por interés político. Son fuegos artificiales porque no pueden acusarme de nada. Es parte de la campaña´.