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CorteIDH condena a Colombia por muerte y desplazamiento en operación militar

Bogotá, 27 dic (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado colombiano por una muerte y el desplazamiento de centenares de personas causados por la operación militar «Génesis», ocurrida en 1997 en el noroeste del país con el apoyo de los paramilitares, según difundieron hoy medios locales.

En la sentencia, la CorteIDH responsabilizó al Estado de haber «incumplido su obligación de garantizar no ser desplazado forzadamente, en perjuicio de los miembros de las comunidades del Cacarica desplazados por acción de grupos paramilitares en colaboración con integrantes de las Fuerzas Armadas».

La CorteIDH falló así sobre la llamada «Operación Génesis», un operativo militar desarrollado en febrero de 1997 en una amplia zona del departamento del Chocó (noroeste) en contra del Frente 57 de la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), a la que sucedió una sanguinaria avanzada paramilitar.

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Según versiones de paramilitares desmovilizados, las tropas del Ejército fueron guiadas por doce miembros del Bloque Chocó de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) por orden directa del comandante de esta organización, Carlos Castaño.

El testimonio de Freddy Rendón Herrera, alias «el Alemán», uno de los jefes de las AUC, confirmó que hasta sesenta paramilitares participaron en esta operación del Ejército.

En este operativo militar y posterior avanzada paramilitar se produjo el desplazamiento masivo más grande en la historia de Colombia, cuando cerca de 5.000 pobladores de las zonas rurales de los municipios de Riosucio y El Carmen del Darién salieron hacia municipios vecinos a causa de la violencia.

En la sentencia de la CorteIDH, que según el periódico colombiano El Tiempo se notificó el jueves a las partes, también se refiere «a la desposesión ilegal de los territorios ancestrales pertenecientes a las comunidades afrodescencientes de la cuenta del río Cacarica».

Asimismo, responsabilizó al Estado por los «actos crueles e inhumanos a los que fue sometido el señor Marino López en el poblado de Biajo, así como la privación de su vida», en referencia al caso de este campesino asesinado y desmembrado, por el que paga cárcel el general retirado Rito Alejo del Río.

«El Tribunal determinó que el Estado había incumplido sus obligaciones de garantizar la asistencia humanitaria y un retorno seguro, en perjuicio de las comunidades del Cacarica que estuvieron en situación de desplazamiento forzado durante un período de tres a cuatro años», añadió la sentencia.

Es por eso que la CorteIDH exigió al Estado «garantizar que todas las personas que hayan sido reconocidas como víctimas reciban efectivamente las indemnizaciones establecidas», así como a «pagar a los familiares de Marino López una indemnización como compensación por daños materiales e inmateriales ocasionados».

También reclamó «restituir el efectivo uso, goce y posesión de los territorios» despojados, así como «garantizar que las condiciones de los territorios que se restituyan a las víctimas (…) sean adecuadas para la seguridad y vida digna tanto de quienes ya han regresado como de quienes aún no lo han hecho».

Finalmente, falló que el Estado realice «un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso».

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