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Los detalles de la ley ‘Rosa Elvira Cely’

La iniciativa tipifica el feminicidio como un delito en el Código Penal e impone penas de hasta 50 años de cárcel.

Luego de conocerse la aprobación de la Ley, la secretaria Distrital de la Mujer, Martha Lucía Sánchez, aseguró que “es muy importante para avanzar en la garantía de los derechos de las mujeres, especialmente del derecho a una vida libre de violencia contra las mujeres. El Congreso de la República estuvo a la altura de los tratados internacionales en materia de los derechos humanos de las mujeres y también respondió a la exigencia de justicia que las mujeres, organizaciones de mujeres, víctimas de intento de feminicidio, familiares de las víctimas y CIJUSTICIA Centro de Investigación en Justicia y Estudios Críticos del Derecho, han realizado por tres años buscando que el proyecto de ley fuera aprobado. La ley permite tener herramientas para que cese la impunidad sobre este tipo de hechos y así mismo nos va a permitir visibilizar realmente la magnitud del feminicidio en Colombia”.

Cuando el nombre de Rosa Elvira Cely comenzó a ocupar los titulares de noticieros y periódicos, en 2012, la información relacionada con ella conmocionó al país. La mujer, de 35 años, había sido cruelmente asesinada después de haber sido abusada sexualmente y torturada hasta la agonía.

El atroz crimen, repudiable desde donde se le mire, puso, una vez más, el tema de la violencia de género sobre la mesa, pero con un plus: como homenaje póstumo a su muerte, se creo una iniciativa para tipificar estos actos como tal, crear el feminicidio en el Código Penal colombiano y castigar severamente a quienes atenten contra las mujeres.

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El camino ha sido largo, según reconoce la hermana de la mujer, Adriana Cely, y el nombre de Rosa Elvira vuelve a ocupar los titulares. Esta vez, la connotación es más positiva: la Cámara de Representantes aprobó en último debate la mencionada iniciativa y ahora hay una ley en su nombre que castiga los crímenes como los que se cometieron contra ella.

“Esto es para todas las mujeres que estamos luchando y estamos saliendo adelante”, aseguró Adriana tras la aprobación.

Y aunque es cierto que aún falta que la iniciativa (de autoría de la senadora Gloria Inés Ramírez) sea conciliada en el Senado y sancionada por Presidencia, es cuestión de semanas para que se confirme como Ley de la República.

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Feminicidio
Ahora bien, ¿en qué consiste la ley? En primer lugar hay que tener en cuenta que tipificar el feminicidio “como un delito autónomo, para fortalecer el marco jurídico que garantiza el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias” y se califica “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, ya sea en ámbito público o privado, conformada por un conjunto de conductas que conllevan a la muerte violenta de las mujeres”.

En ese sentido, la ley contempla que el Código Penal tenga un artículo en el que se indica que “incurrirá en el delito de feminicidio quien causare la muerte violenta a una mujer, por su condición de ser mujer” en cinco circunstancias específicas.

La primera es haber tenido una relación familiar, intima o de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de “un ciclo de violencia física, sexual, sicológica y/o patrimonial que antecedió el crimen”.

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La segunda es ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de cosificación, instrumentalización sexual y acciones de propiedad y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad.

También, cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder sobre la mujer, es decir, poder personal, económico, sexual, militar, político y/o sociocultural sobre ella.

Además, cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo y por último, hacerlo con posterioridad a una “agresión sexual, a la realización de rituales, actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de agresión o sufrimiento físico o sicológico.

Agravantes y castigos
Pero la Ley no se queda ahí, pues tiene varios agravantes, entre estos, si el perpetrador es un servidor público o miembro de las Fuerzas Armadas o de organismos de seguridad e inteligencia del Estado.

También cuando la víctima es menor de 18 años o mayor de 60, se ha puesto en estado de indefensión o inferioridad, entre otros.

Del mismo modo, se endurecen los castigos. Lo primero es que se va desde el feminicidio simple, hasta el agravado. El primero será condenado con 20 años de prisión (para el homicidio simple, por ejemplo, la pena mínima es de 17 años) y el segundo con 50 años (el homicidio agravado se condena con 33).

Además, el victimario no podrá recibir ningún beneficio como rebaja de pena, prisión domiciliaria, principio de oportunidad o sustitución de la pena.

El proyecto de ley también contempla requerimientos específicos a organismos como la Fiscalía y la Policía para que se garantice la investigación y judicialización de estos crímenes, así como la ayuda y asistencia necesaria a los familiares de la víctima.

Ahora, todo está en manos del Senado.

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