Economía

Telefónica no logra eludir la multa histórica que le impuso la CE

Bruselas, 29 mar (EFE).- Telefónica no ha podido eludir, de momento, la multa histórica de 151,8 millones de euros que le impuso en 2007 la Comisión Europea por abuso de su posición dominante en el mercado español de banda ancha, al rechazar el Tribunal General de la UE su recurso para lograr su anulación o, al menos, su reducción.

El Tribunal General de la UE ha rechazado sendos recursos interpuestos por Telefónica y el Gobierno español contra la decisión de julio de 2007 de la Comisión Europea de multar a la operadora con casi 152 millones de euros por haber impuesto entre septiembre de 2001 y diciembre de 2006 precios no equitativos, estrechando los márgenes entre los precios mayoristas que cobraba a sus competidores y las tarifas minoristas que imponía a sus clientes.

Telefónica ha asegurado que recurrirá la sentencia en casación ante el Tribunal de Justicia de la UE, para lo que dispone de un plazo de dos meses, dado que está en «total y profundo desacuerdo» con la decisión del Tribunal General.

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La operadora ha defendido su actuación y la del organismo regulador español, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), al afirmar que mantiene «su total y escrupuloso respeto» a la regulación de telecomunicaciones impuesta en el momento de los hechos por el ente supervisor, que, al igual que la Comisión Europea, vela por asegurar la libre competencia en España, dijo.

La Comisión Europea, por su parte, ha «saludado» la sentencia y la ha calificado de «importante» porque confirma la política seguida por el Ejecutivo comunitaria para determinar la existencia de estrechamientos de márgenes y sus poderes para intervenir a posteriori contra abusos cometidos en mercados regulados, señaló el portavoz de Competencia, Antoine Colombani.

En la sentencia, el Tribunal General determina que la Comisión Europea declaró acertadamente que la operadora había abusado de su posición en los mercados mayoristas de acceso regional y nacional.

Los magistrados destacan que no se ha negado que Telefónica era el único operador que suministraba el producto mayorista regional en España desde 1999, disponiendo por tanto «de un monopolio de hecho», ni tampoco se ha rebatido durante el proceso que la operadora conservó una cuota de mercado superior al 84 % en el mercado mayorista nacional durante el periodo de infracción.

El Tribunal recuerda además que una «compresión de los márgenes en un mercado pertinente puede constituir, en sí misma, un abuso de posición dominante».

La Comisión había iniciado en 2003 la investigación contra Telefónica tras una denuncia de Wanadoo (France Télécom) y concluyó que la española debilitaba a sus competidores al obligarles a asumir pérdidas si querían igualar los precios ofrecidos por la operadora.

El Tribunal sostiene además que Telefónica disponía de margen de maniobra suficiente para determinar su política de precios.

Telefónica ofrecía tres tipos de productos mayoristas de banda ancha: el acceso desagregado al bucle local; el acceso mayorista regional (GigADSL); y varias ofertas de acceso mayorista a escala nacional, comercializadas tanto por Telefónica como por otros operadores mediante el acceso desagregado al bucle local o del producto mayorista de acceso regional.

El Tribunal confirma que debía evaluarse por separado la posible existencia de una posición dominante en cada uno de esos mercados y considera que Telefónica no podía ignorar que el cumplimiento de la normativa española en materia de telecomunicaciones no la protegía ante una intervención de la Comisión en materia de competencia.

Sobre el producto mayorista regional, el Tribunal afirma que Telefónica tampoco podía ignorar que la CMT nunca había fijado el sistema de precios en cuestión ni había analizado la existencia de un efecto de estrechamiento de márgenes con arreglo a los costes reales de la empresa, sino sobre la base de estimaciones que no habían sido confirmadas por la evolución del mercado.

El monto de la multa es histórico para el sector y es solamente el segundo más alto después de los casi 500 millones de euros de multa impuesta a Microsoft en 2004 por abuso de posición dominante.

Madrid, 29 mar (EFE).- Telefónica recurrirá en casación ante el Tribunal de Justicia la sentencia del Tribunal General de Luxemburgo que ha acordado mantener en todos sus extremos la multa de 151,8 millones de euros a la operadora, impuesta por la Comisión Europea en 2007 por abuso de posición de dominio.

La operadora ha señalado hoy en una nota «su total y profundo desacuerdo» con la sentencia y mantiene «su total y escrupuloso respeto a la regulación de telecomunicaciones impuesta, en el momento de los hechos, por el organismo regulador español, la CMT, que al igual que la CE, vela por asegurar la libre competencia en España».

La multa de 151,8 millones de euros fue decidida por la Comisión Europea el 4 de julio de 2007 por considerar que durante más de cinco años había impuesto precios no equitativos, estrechando los márgenes entre las tarifas mayoristas que imponían a sus competidores y las minoristas que cobraba a sus clientes.

Telefónica y el Gobierno de España recurrieron la sentencia y ahora el Tribunal General de Luxemburgo afirma que Telefónica no podía ignorar que el cumplimiento de la normativa española en materia de telecomunicaciones y, en particular, las resoluciones adoptadas por la CMT, no la protegía frente a una intervención de la Comisión en materia de competencia.

La multa partió de la denuncia de Wanadoo (France Telecom) y fuentes de Orange, marca de France Telecom, han señalado a EFE que no comentarán la decisión del Tribunal de la UE.

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