Colombia

Corte Constitucional tumbó ley contra “idiotas” o “cretinos”

Una norma vigente desde hace casi un siglo que imponía ciertas restricciones al ingreso de extranjeros a Colombia fue derogada este miércoles por la Corte Constitucional, debido al lenguaje que se utilizaba y que impedía la entrada de «idiotas o cretinos» al país.

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Según los magistrados de la Corte, adjetivos como «idiotas», «cretinos», «demencia» o «baldados» para referirse a personas que sufrieran distintos tipos de trastornos mentales generaban un tipo de discriminación en medio de la norma.

«El legislador viola el principio de la dignidad humana al usar expresiones tales como idiotas, cretinos o baldados que son en sí misma ofensivas y excluyentes y promueven perjuicios y visiones peyorativas mantenidas y promovidas”, señaló la Corte Constitucional.

La ley 48 de 1920, norma sancionada, imponía restricciones al ingreso al país de personas «con enfermedades graves, crónicas o contagiosas (tuberculosis, lepra, tracoma o similares)», otros términos que fueron rechazados por el alto tribunal.

Además, la norma impedía el ingreso de personas que sufrieran «de enajenación mental, comprendiendo en ello también la demencia, la manía, la parálisis general, a los alcoholizados crónicos, a los atáxicos, a los epilépticos, a los idiotas, a los cretinos, a los baldados a quienes su lesión les impide el trabajo».

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