Si usted tiene un vehículo particular y/o una moto de más de 125 centrímetros, matriculados en Bogotá, tenga en cuenta que este viernes 22 de julio vence el plazo para para el impuesto.
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Para ello, la Secretaría Distrital de Hacienda ha puesto a su disposición más de 1700 sucursales de entidades bancarias en todo el país. Además, la opción de Pagos Seguros en Línea PSE, a través de la página web www.haciendabogota.gov.co, pestaña ‘Pagos y servicios’.
La secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez, aseguró que “a la fecha, se han recaudado 465.824 millones de pesos por concepto de impuesto sobre vehículos automotores, cifra que representa el 70 % de la meta. En los próximos días, el Distrito espera recaudar los cerca de 200.000 millones que restan de los propietarios que aún no han cumplido con este compromiso”.
Cabe recordar que los ciudadanos que no realicen el pago a tiempo, deberán pagar, junto con el impuesto, la sanción y el interés de mora correspondientes, que será como mínimo de 184.000 pesos.
“Después de la fecha de vencimiento, empezará también a correr la tasa de interés moratoria diaria, que hoy está por encima del 32%. Por eso es muy importante que quienes no hayan pagado todavía el impuesto del vehículo y los derechos de semaforización correspondientes, lo hagan a más tardar este 22 de julio”, puntualizó la Secretaria de Hacienda de Bogotá.
Los contribuyentes que no tengan el formulario físico y prefieran pagar en sucursales bancarias, lo pueden descargar en la página web www.haciendabogota.gov.co, ingresando a la pestaña superior ‘Pagos y servicios’, sección ‘Servicios virtuales’, opción ‘Descargue Vehículos 2016’.
¿Quién debe pagar el impuesto sobre vehículos?
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El propietario o poseedor de los vehículos gravados matriculados en Bogotá, incluidos los vehículos de transporte público.
¿Qué vehículos no están gravados?
-Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada, las cuales solo deben pagar los derechos de semaforización.
-Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
-Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.
-Los vehículos y maquinaria de uso industrial, que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.