Bogotá

Según la Corte Constitucional, Gustavo Petro no puede suspender las corridas de toros

La Sala Plena de la Corte Constitucional estipuló que ningún alcalde podrá prohibir las corridas en plazas permanentes, como La Santamaria.

El fallo puso en duda la polémica decisión del mandatario capitalino Gustavo Petro de prohibir las corridas de toros en La Santamaría, y determinó que ningún alcalde del país tiene esta facultad.

La sentencia del 2010 que desarrolla el Alto tribunal da vía libre a la fiesta brava y establece que los gestores y organizadores de estos eventos no tendrán que pedirle permiso a ningún alcalde, ni autoridad municipal para llevarlos a cabo.

En la decisión quedó explicito que el único caso en el que el burgomaestre podrá prohibir las corridas de toros será si se trata de un problema de seguridad o salubridad en los escenarios taurinos.

 

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