Colombia

Aforados no podrán apelar condenas de la Corte

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia calificó de “irrealizable” que ese tribunal revise las condenas de aforados en una segunda instancia, tal como lo solicitó la Corte Constitucional en el fallo C-792 de 2014.

«Es un despropósito que la Corte Constitucional concluya que los fallos de un órgano límite, que es máximo Tribunal en materia penal en el país, se puedan impugnar ante un superior jerárquico que lógicamente no puede existir», sentenció la presidenta Margarita Cabello.

La presidenta Margarita Cabello, manifestó que no existe una figura del superior jerárquico de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Decisión que ya se puso en conocimiento de la Corte Constitucional, el Congreso de la República y la Presidencia.

Esta polémica se generó porque esta semana se cumplió el plazo de un año que la Corte Constitucional dio al Congreso de la República para expedir una legislación que garantice que todos los condenados por primera vez tengan la misma oportunidad de atacar la decisión ante el superior jerárquico de quien emite la sentencia desfavorable.

En su momento, el ex Fiscal General, Eduardo Montealegre, celebró la decisión de la Corte Constitucional, ya que según él esta sentencia, “no solo se crearía una segunda instancia para los congresistas sino que además se extiendería la segunda instancia para una gran mayoría de los aforados constitucionales, como generales de la República, ministros del despacho, gobernadores, es decir, toda persona que tenga fuero constitucional distinto al de las investigaciones que adelanta la Comisión de Acusación y Juzgamiento, tendría la garantía institucional de la segunda instancia”.

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Por su parte, este jueves la magistrada Cabello aceveró que, «es un despropósito que la Corte Constitucional concluya que los fallos de un órgano límite, que es máximo Tribunal en materia penal en el país, se puedan impugnar ante un superior jerárquico que lógicamente no puede existir».

Para finalizar, la magistrada indicó que es imposible para la Corte Suprema de Justicia, que es el “órgano de cierre, la creación de un superior jerárquico que revise las sentencias de sus Salas especializadas».

Uribistas afectados con esta decisión

Las condenas dictadas en contra de varios ex funcionarios del Gobierno de Álvaro Uribe Vélez, se querían impugnar por un recurso presentado ante la Corte Suprema de Justicia por el abogado Víctor Mosquera. 

El jurista buscaba «tumbar» condenas como la de 17 años de prisión proferida al exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias por el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS) y la comisión de los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.

También impugnada sentencias condenatorias de Sabas Pretelt y Diego Palacio a seis años y seis meses de prisión y la atribuida a Alberto Velásquez por la denominada ‘Yidispolítica’.

Otra condena que se incluyó fue la de 14 años de prisión en contra de la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, por su responsabilidad en las ‘chuzadas’ a magistrados, opositores y periodistas.

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